De tal manera que el estado debe propiciar y contar con los recursos necesarios para que los funcionarios o expertos del CICPC, puedan cumplir con las atribuciones dadas en el ordenamiento jurídico y máxime cuando el estado tiene la exclusividad a través del Ministerio Público para perseguir y castigar los delitos, traducido en el ¿IUS PUNIENDI¿. Líbrense las respectivas Boletas de notificación a todas las partes intervinientes en el Juicio; así como los respectivos oficios y citaciones pertinentes. Cúmplase.
LA JUEZ DE JUICIO,
CRISTELL ERLER NAVARRO
EL SECRETARIO
ABG. JOSE ABELARDO CASTILLO
Conforme a lo ordenado se dio cumplimiento en esta misma fecha.
EL SECRETARIO
ABG. JOSE ABELARDO CASTILLO
Exp. N° JU-186/04
CEN/Jac