DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Unipersonal de Juicio, Sección Adolescentes, del Circuito Judicial Penal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 602 y 584 de la Ley Orgánica Para La Protección del Niño y del Adolescente, EMITE los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ABSUELVE al adolescente IDENTIDAD OMITIDA., de la acusación que por la comisión del delito de Posesión de Sustancias, Estupefacientes y Psicotrópicas, Previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica sobre Sustancias, Estupefacientes y Psicotrópicas por cuanto efectivamente de las pruebas aportadas por el Ministerio Público no demostraron la responsabilidad del adolescente en el hecho acusado; en consecuencia se ordena la LIBERTA PLENA del adolescente. SEGUNDO: Vista la solicitud del Ministerio Público y la Defensa, se ordena oficiar al Consejo de Protección .....