En base a ello, LAS PRUEBAS ADMITIDAS EN SU TOTALIDAD y que a continuación se enuncian, dejan para esta jueza de control, elementos de convicción suficientes y fundados, de que a estos adolescentes acusados en la fase de juicio, puedan ser declarados penalmente responsables, hay probabilidad de culpabilidad en el hecho y en la forma como se han descrito los mismos, así encontramos que las pruebas admitidas y que fundamentan ese pronóstico de condena, son las siguientes: PRIMERO: Acta Policial, de fecha 04 de abril del 2008, suscrita por los funcionarios adscritos a la División de Patrullaje Motorizado de la Policía Municipal de Mariño, en la cual constan las circunstancias de modo, tiempo y lugar en las que fueron detenidos los adolescentes y en la que se evidencia lo siguiente: "...Siendo las 9:15 de hoy, encontrándonos en labores de patrullaje a la altura de la avenida Raúl Leoni, en dirección hacia la playa del Concordé, escuchamos vía radiofónica cuando el jefe de la División .....