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Decisiones del dia 20/12/2006

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 2 de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescente
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : OP01-D-2006-000051 N° Sentencia : OP01-D-2006-000051 Fecha: 20/12/2006
Procedimiento:
Sentencia Condenatoria
Partes:
ADOLESCENTES ACUSADOS: IDENTIDAD OMITIDA, IDENTIDAD OMITIDA Y IDENTIDAD OMITIDA / DEFENSA: EL DEFENSOR PÚBLICO PENAL Nº 03 DR. JUAN ANTONIO OCA VILLEGAS
Resumen:
En NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY emite los siguientes pronunciamientos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 578 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente: PRIMERO Se declaran culpables a los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, IDENTIDAD OMITIDA y IDENTIDAD OMITIDA por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, ROBO AGRAVADO Y LESIONES LEVES, previstos en los artículos 405, 458 Y 416 todos del Código Penal Vigente. SEGUNDO: Vista la admisión de los hechos en este acto y en aplicación del procedimiento abreviado por admisión de los hechos, se impone inmediatamente la sanción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 583 en relación con el artículo 376, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se procede a rebajar en un tercio la sanción solicitada para ellos por el Ministerio Publico en el lapso para el cumplimiento de la sanción, En tal sen.....
Juez/Ponente:
Cira Urdaneta de Gómez
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 2 de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescente
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N° Expediente : OP01-P-2006-003047 N° Sentencia : OP01-P-2006-003047 Fecha: 20/12/2006
Procedimiento:
Revisión De Medida Cautelar
Partes:
ADOLESCENTE IMPUTADO: IDENTIDAD OMITIDA / FISCAL VII DEL MINISTERIO PUBILICO: DRA. SIKIU ANGULO DE SILLA / DEFENSOR PÚBLICO Nº 03: DR. JUAN ANTONIO OCA
Resumen:
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY ACUERDA: PRIMERO: Aperturar la incidencia según lo dispuesto para el Juicio Breve del Código de Procedimiento Civil lo contenido en el artículo 889, donde la causa se entenderá abierta a pruebas por diez (10) días y durante este lapso el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, y su abogado defensor, deberán promover las pruebas que consideren pertinentes a objeto de demostrarle a este Tribunal si efectivamente el incumplimiento verificado de las obligaciones pautadas, con la finalidad de saber si ha sido justificado o legítimo, una vez agotado este lapso dentro de los cinco días siguientes a la conclusión del lapso probatorio tal como lo establece el artículo 890 del Código de Procedimiento Civil aplicado supletoriamente por la remisión ordenada en el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, el Tribunal decidirá la presente incidencia, todo ello en aras de garantiz.....
Juez/Ponente:
Cira Urdaneta de Gómez
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 2 de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescente
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N° Expediente : OP01-P-2006-002443 N° Sentencia : OP01-P-2006-002443 Fecha: 20/12/2006
Procedimiento:
Remisión De La Causa
Partes:
IMPUTADO: (ADOLESCENTE) IDENTIDAD OMITIDA / FISCAL VII DEL MINISTERIO PUBILICO: DRA. SIKIU ANGULO DE SILLA / DEFENSOR PÚBLICO Nº 03: DR. JUAN ANTONIO OCA
Resumen:
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY ACUERDA: PRIMERO: Aperturar la incidencia según lo dispuesto para el Juicio Breve del Código de Procedimiento Civil lo contenido en el artículo 889, donde la causa se entenderá abierta a pruebas por diez (10) días y durante este lapso el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, y su abogado defensor, deberán promover las pruebas que consideren pertinentes a objeto de demostrarle a este Tribunal si efectivamente el incumplimiento verificado de las obligaciones pautadas, con la finalidad de saber si ha sido justificado o legítimo, una vez agotado este lapso dentro de los cinco días siguientes a la conclusión del lapso probatorio tal como lo establece el artículo 890 del Código de Procedimiento Civil aplicado supletoriamente por la remisión ordenada en el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, el Tribunal decidirá la presente incidencia, todo ello en aras de garantiz.....
Juez/Ponente:
Cira Urdaneta de Gómez
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 2 de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescente
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N° Expediente : OP01-P-2006-003029 N° Sentencia : OP01-P-2006-003029 Fecha: 20/12/2006
Procedimiento:
Revisión De Medida Cautelar
Partes:
ADOLESCENTE IMPUTADO: IDENTIDAD OMITIDA / FISCAL VII DEL MINISTERIO PUBILICO: DRA. SIKIU ANGULO DE SILLA / DEFENSOR PÚBLICO Nº 02: DAR. PATRICIA RIBERA
Resumen:
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY ACUERDA: PRIMERO: Aperturar la incidencia según lo dispuesto para el Juicio Breve del Código de Procedimiento Civil lo contenido en el artículo 889, donde la causa se entenderá abierta a pruebas por diez (10) días y durante este lapso el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, y su abogado defensor, deberán promover las pruebas que consideren pertinentes a objeto de demostrarle a este Tribunal si efectivamente el incumplimiento verificado de las obligaciones pautadas, con la finalidad de saber si ha sido justificado o legítimo, una vez agotado este lapso dentro de los cinco días siguientes a la conclusión del lapso probatorio tal como lo establece el artículo 890 del Código de Procedimiento Civil aplicado supletoriamente por la remisión ordenada en el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, el Tribunal decidirá la presente incidencia, todo ello en aras de garantiz.....
Juez/Ponente:
Cira Urdaneta de Gómez
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 2 de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescente
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