En consecuencia se decreta la apertura al juicio oral y privado de la presente causa y se emplaza a las partes que concurran ante el juez de Juicio de esta Sección de Adolescentes, dentro de un lapso común de cinco días siguientes a la notificación. Regístrese, Diarícese y déjese copia del presente Auto. Cúmplase lo Ordenado.
LA JUEZ DE CONTROL N 02,
Dra. Petra Maria Marcano de Cerrada.
LA SECRETARIA,
Dra. Tamara Ríos Pérez.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
Dra. Tamara Ríos Pérez
EXP N° 2Co.380/03