DISPOSITIVA
En base a lo expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 02 de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ORDENA: EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal y literal ¿D¿ del artículo 561 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a favor del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro 19.434.310, fecha de nacimiento 13 de Marzo de 1989, de (15) años de edad, soltero, de profesión u oficio estudiante del primer año de bachillerato en la misión Rivas, hijo de los ciudadanos: Alberto José Guerra Quilarque y Marlene Quilarque de Guerra; por el delito de HURTO AGRAVADO EN GRADO DE FUSTRACION, previsto en artículo 452 ordinal 8° del Código Penal Venezolano en relación con el ultimo apart.....