En consecuencia, en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, acuerda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente: dicta los siguientes pronunciamientos: SE ORDENA LA UBICACIÓN del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), Venezolano, natural de Cumana Estado Sucre, nacido en fecha 30-10-2000, de edad 15 años, estado civil soltero, de profesión u oficio obrero Titular de la Cedula de Identidad Nº 28.499.379, domiciliado: en la urbanización Brisas de Altagracia calle Esperanza sector 4 casa Numero 1 de bloque gris sin frisar cerca del Club Árabe Altagracia Municipio Gómez Estado Nueva Esparta., de conformidad con lo previsto en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por intermedio de la IAPOLEBNE Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 2,