Vistos y analizados los anteriores particulares, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 02 DE LA SECCION ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Ordena EL CESE DE LAS MEDIDAS CAUTELARES bajo las cuales se encuentra sometida la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, establecidas en los literales C y F del artículo 582 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, consistentes en el cumplimiento de un Régimen de Presentaciones ante la Unidad del Alguacilazgo cada treinta (30) días, así como la prohibición de acercarse a la víctima o a sus familiares, ciudadana Leirenis Josefina Jiménez Zacaría. SEGUNDO: SE AUTORIZA la continuación del presente proceso, de conformidad con el contenido del segundo aparte del artículo 314 del COPP, aplicado por mandato expreso del artículo 537 de la LOPNNA. TERCERO.....