DISPOSITIVA
Con base en los razonamientos expuestos de hecho y de derecho, este Tribunal de Control Nº 01 de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa seguida contra el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión de uno de los delitos CONTRA LA COSA PUBLICA, como lo es el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el numeral 1° del artículo 218 del Código Penal Venezolano vigente, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 318 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el articulo 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y los artículos 108, ordinal 7, y 281 del Código Orgánico Procesal Penal . Regístrese, Diarícese, Publíquese, Notifíquese a las partes.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 01,
Dra. .....