Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente en Funciones de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, de la presente causa, seguido a los adolescentes xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, ampliamente identificada en autos, de conformidad con lo dispuesto en el artículos 561 literal e, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la razones antes expuestas. Asimismo se ordena el cese de la medida cautelar que le fue impuesta el día 24-04- 2007, conforme el articulo 582 literal c de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. Diarícese, Regístrese. Notifíquese la presente decisión a las partes. CUMPLASE.