este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 01 DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: En relación a la solicitud del la defensa se Declara la Nulidad Absoluta del acto de declaración de la adolescente, IDENTIDAD OMITIDA, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalisticas en fecha:19-12-2003 y en consecuencialmente todas las actuaciones y diligencias posteriores practicadas en el procedimiento, puesto que ocasionan perjuicio, a la investigada al habérsele violado el derecho a la defensa y al debido proceso, garantías estas especiales y constitucionales que le asisten, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 195 y 196 ambos del código Orgánico Procesal Penal , en virtud de haber rendido declaración la adolescente por ante el C.....