Con base a las consideraciones anteriores, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, concede el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena a la penada: YORSY KARINA RUIZ GUTIERREZ de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V-17.050.682 , , por el tiempo de UN (1) AÑO, DIEZ (10) MESES Y DIECISEIS (16) DÍAS , contado a partir de la fecha de la notificación del presente auto; el cual cumplirá en la ciudad de Porlamar, debiendo acatar de manera estricta las condiciones arriba indicadas. Todo de conformidad con los artículos 493 y 495, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, ofíciese lo conducente, notifíquese a las partes e impóngase a la penada, de las condiciones acordadas por este Tribunal. Líbrese los correspondientes oficios.....