Este Tribunales atención a lo antes expuesto, observa que estamos frente a ese supuesto y tomando en consideración las circunstancias del caso en particular, se encuentra que hay peligro de fuga, en consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 1, decreta ORDEN DE APREHENSION contra del ciudadano HECTOR JOSE RIZALEZ, de nacionalidad Venezolana, nacido en Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui en fecha 05-07-56, de profesión u oficio Albañil, casado, identificado con la cedula de identidad N° 5.190.208, residenciado en la calle Bello Monte, ciudad Cartón, casa N° 23, de color azul, cerca de la Bodega de nombre Mari Cruz, Porlamar, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, vista la incomparecencia injustificada, por parte del imputado de autos, en repetidas oportunidades al acto de Juicio Oral y Publico en la presente causa tal como se evidencia de las actas procesales, quien una vez aprehendido, deberá ser puesto a la orden de este Tribunal, dentro .....