Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, acuerda NEGAR LA SOLICITUD DE DECAIMIENTO DE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, solicitada por las defensas técnicas en su carácter de representante legal de los acusados: WOLFANG QUIJADA, quien es venezolano, natural de Porlamar, Estado Nueva Esparta, nacido en fecha 30-04-1987, de profesión u oficio funcionario policial, titular de la cedula de identidad Nº 18.939.230, residenciado en la Calle Campos, casa Nº 1, de color amarillo con verde, cerca del Bodegón Ambar, Juangriego, Municipio Marcano de este estado e HIDALGO TINEO, quien es venezolano, natural de Porlamar, Estado Nueva Esparta, de 29 años de edad, de profesión u oficio funcionario policial, titular de la cedula de identidad Nº 13.67.....