V
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto y señalado, es que este Juzgado Mixto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: PRIMERO: DECLARA CULPABLE y en consecuencia CONDENA al ciudadano FRANCISCO JOSE GIL MARCANO, venezolano, natural de Porlamar, Estado Nueva Esparta, nacido en fecha 04 de octubre de 1967, de 34 años de edad, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V- 9.427.557, residenciado en la calle Principal del Sector EL Palito, Juan Griego, Municipio Marcano, Estado Nueva Esparta, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y a las accesorias a la de prisión establecidas en el artículo 16.....