Con mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA la sustitución de la medida de privación judicial preventiva de libertad solicitada por la defensora Pública Penal Abg. Haydee Alade De Medina, defensora del ciudadano CARLOS ENRIQUE RATTIA DIAZ, titular de la cédula de identidad Nº 20.112.419, ampliamente identificado en autos, y quien se encuentra imputado por la Vindicta Pública por la presunta comisión del delito de Hurto Calificado en Grado de Frustración, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 4° en relación con los artículos 80 y 82 todos del Código Penal, y acuerda mantener la privación judicial preventiva de libertad, con todos sus efectos, a tenor de lo dispuesto en los artículos 243 primer aparte, 250, 251 y 252 todos del Código Orgáni.....