Por todo lo ante expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA SUSTITUIR LA PRIVACIÓN PREVENTIVA JUDICIAL DE LA LIBERTAD que pesa en contra del ciudadano JESÚS ANTONIO RODRÍGUEZ NARVÁEZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 12.673.726, y quien se encuentra acusado por la Vindicta Pública por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia con el artículo 80 del Código Penal, DISTRIBUCIÓN MENOR DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, prevista y sancionada en el artículo 31 Tercer Aparte de la LEY ORGÁNICA CONTRA EL TRAFICO ILÍCITO Y EL CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, y se ORDENA LA IMPOSICIÓN DE UNA MEDIDA CAUTELAR MENOS GRAVOSA, consistente en presentaciones cada ocho (08) días ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y la pr.....