En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se CONDENA a los ciudadanos LUIS MIGUEL MARCANO HERNANDEZ, de nacionalidad Venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V- 20.113.799, nacido en fecha 19.02-1984, residenciado en La Calle Marcano, casa S/N, de color rosado, Sector Guamachillo Boca de Pozo, Municipio Península de Macanao y DANIEL JUVENAL MARCANO, de nacionalidad Venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V-5.193.863, nacido en fecha 27-07-54 residenciado en La Calle Marcano, casa S/N, de color rosado, Sector Guamachillo Boca de Pozo, Municipio Península de Macanao, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS PRISION, mas las accesorias de ley establecidas en el articulo 16 del Código Penal por la comisión del delito de DETENTACION ILICITA DE CA.....