Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control No. 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con lo previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal CONDENA al Ciudadano: TIRSO RAMON INDRIAGO, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 25 de agosto de 1.974, de 21 años de edad, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V- 13.655.831, residenciado en la Calle Raúl Leoni, Los Cocos, casa s/n, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISIÓN, por encontrarlo responsable y culpable de la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, ilícito previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 4º del Código Penal, en perjuicio del ciudadano.....