Por lo que, en consecuencia, se ordena LA APERTURA DEL JUICIO ORAL Y PÚBLICO a los ciudadanos LUIS JOSÉ BRITO, FRANCISCO SALAZAR Y LUIS ENRIQUE GONZÁLEZ, este ultimo solo admitió los hechos en relación a la comisión del delito de Detentación de Arma de Fuego, plenamente identificados en las actas procesales, pasando a la próxima fase de juicio oral y público todos por la presunta comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN SU MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN MENOR, previsto y sancionado en el artículo 31 Tercer Aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en relación a los hechos plasmados en el escrito acusatorio y plasmado de manera oral por los imputados ante este Tribunal por el Ministerio Público. Y así se declara.
SEGUNDO: Como quiera que la defensa técnica de los acusados de autos en el acto de la audiencia preliminar solicitaron una Revisión de Medida, y visto que el ordinal 5° del artículo 330 .....