En Nombre De La Republica Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley Emite Los Siguientes Pronunciamientos: PRIMERO: Analizadas las actas que conforman la presente causa, de conformidad con el establecido en el artículo 330 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, admite totalmente la acusación formulada por el Ministerio Público, en contra del imputado ya identificado, por la comisión del Usurpación de Funciones, Previsto y sancionado en el artículo 214, en relación con el artículo 99, ambos del Código Penal. SEGUNDO: En apego con lo pautado en el artículo 330 ordinal 9º del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal admite totalmente, las pruebas ofrecidas en este acto por el Ministerio Público por ser legales, licitas, pertinentes, necesarias y útiles, para dar probado los hechos imputados por el Ministerio Publico, en el Juicio Oral y Público y garantizar se cumpla la Finalidad del Proceso, cual es la determinación de la verdad por la vía jurídica y la justi.....