ORDEN DE ABRIR JUICIO ORAL Y PÚBLICO:
A.-) Como punto previo, se desprende que está el hecho imputado; por lo que, se declara sin lugar la solicitud de la defensa.- B.-)en lo que respecta a la Acusación presentada por el Fiscal Tercero del Ministerio Público considera esta juzgadora que no hubo ninguna violación y declara sin lugar el petitorio del Abg. Rómulo Rivero; con respecto a la del Fiscal Primero del Ministerio Publico, los argumentos en los que fundamentó cuestiones de fondo, tal y como lo establece el último aparte del articulo 329 del Código Orgánico Procesal Penal ASI SE DECIDE.- de conformidad con lo establecido en el articulo 330: PRIMERO: ordinal 2°, se admite totalmente la acusación presentada por el Fiscal Tercero del Ministerio Publico en contra de los imputados ALFREDY JOSE RAMOS RIVAS por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO Y LESIONES INTENCIONALES GRAVES previsto y sancionado en el articulo 408 ordinal 1 y 417 todos del Código Penal; en lo que res.....