DECISIÓN
Este Tribunal Primero de Control de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA NULIDAD ABSOLUTA DEL PROCEDIMIENTO de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Constitucional y 12 del Código Orgánico Procesal Penal, pues el acta de detención in fraganti fue levantada por el la víctima quien a su vez es funcionario policial, sin cumplir con las formalidades legales, de la separación de la víctima como parte del proceso y la independencia de las actas policiales levantan los funcionarios policiales, y no como víctima quien es parte interesada en las resultas del proceso, siendo éste el único elemento de convicción que existe en contra del imputado. En consecuencia, SE ORDENA LA LIBERTAD PLENA DEL CIUDADANO HÉCTOR JOSÉ FRANCO RONDÓN, identificado, en esta decisión, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y PO.....