VI.-DISPOSITIVA.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrado justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la ciudadana JOSEFA PEREZ FRIAS, parte oferente, debidamente asistida por el abogado en ejercicio ADAN NAVAS NIEVES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 16.634, contra la sentencia dictada en fecha 29 de octubre de 2010 por el Tribunal Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: INADMISIBLE la Oferta Real de Pago seguida por la ciudadana JOSEFA PEREZ FRIAS contra los herederos conocidos del de cujus GILBERTO RAMIREZ GARCÍA, ciudadanos LIGIA URREA DE RAMIREZ, LUIS GERMAN RAMIREZ, LUZ ESTELA RAMIREZ y MARIA EL.....