VIII.-DISPOSITIVA.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado GREGORIO JOSE VASQUEZ LOPEZ, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MILKA VASQUEZ LOPEZ, parte demandante, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en fecha 10 de julio de 2018.
SEGUNDO: SE CONFIRMA con distinta motivación, la sentencia apelada dictada el 10 de julio de 2018 por el referido Juzgado de Instancia.
TERCERO: SE CONDENA EN COSTAS del recurso a la parte demandante por disposición expresa del artículo 281 del Código de .....