VII.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado JOSE GREGORIO COLMENARES DUQUE, actuando en su carácter de co-apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES CABALLITO DE MAR, C.A., parte cesionaria-demandante, en contra de la sentencia dictada en fecha 8 de octubre de 2018 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta.
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión apelada dictada por el referido juzgado de instancia en fecha 08-10-2018.
TERCERO: CON LUGAR la demanda por prescripción adquisitiva incoada por la ciudadana OFELIA ISABEL .....