(...)PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado MANUEL ANTONIO LEDEZMA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 220.386, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora-reconvenida, en contra de la sentencia dictada el 9 de agosto de 2018, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta. SEGUNDO: SE REVOCA la decisión apelada dictada por el referido juzgado en fecha 09-08-2018. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Resolución de Contrato interpuesta por la sociedad mercantil PROMOTORA INDEMAN, C.A, en contra de la sociedad mercantil C.A INVERSIONES, K.A. CUARTO: SE ORDENA a la demandada-reconviniente que mediante documento público traspase las parcelas identificadas con los números 260, 264 y 278 a favor de la parte actora-reconvenida de manera voluntaria dentro de la oportunidad que le indique el tribunal de la casa, pues de lo contrario se dará .....