VII.- Decisión
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Con lugar el recurso de apelación ejercido por el abogado Juan Ruby, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, contra el auto de fecha 02-06-2009 dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
Segundo: Se revoca parcialmente el auto apelado, dictado en fecha 02-06-2009 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, sólo en lo que se refiere a la declaratoria de improcedencia de la promoción de la prueba de posiciones juradas promovidas por la parte demandada.
Tercero. .....