En virtud de lo antes señalado, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley le imparte la HOMOLOGACIÓN y declara:
PRIMERO: Le imparte su HOMOLOGACIÓN al desistimiento del recurso de apelación interpuesto en fecha 11.05.2016 en contra de la sentencia definitiva dictada en fecha 04.03.2016, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, por el abogado ADAFEL ENRIQUE MARÍN, apoderado judicial de la sociedad mercantil EMPRESA AGAPE, C.A., parte actora en el presente juicio.
SEGUNDO: CONSUMADO el desistimiento del procedimiento efectuado por el abogado ADAFEL ENRIQUE MARÍN, apoderado judicial de la sociedad mercantil EMPRESA AGAPE, C.A., parte actora en el presente juicio.
TERCERO: Se ordena que el presente expediente sea remitido .....