IV. -Decisión
En fuerza de las consideraciones precedentes este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara:
Primero: Con Lugar la apelación ejercida por el abogado Rafael Hernando Salinas en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos Edgar Rojas y Erasmo Obando, contra el auto de fecha 14.01.2003 dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
Segundo: Se Revoca en todas sus partes el auto de fecha 14.01.2003 dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva esparta.
Tercero: Notifíquese a las partes de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, por haberse dictado el fallo fuera del término de Ley.
Publíquese, Regístrese, Diarícese.....