En fuerza de las consideraciones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la apelación interpuesta por el abogado CARLOS JULIO TOVAR, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 121. 798 en su carácter de defensor judicial de la parte demandada, ciudadano VÍCTOR GONZÁLEZ DIMAS contra la sentencia dictada en fecha 02-08-2011 por el Juzgado Segundo de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA EJECUTIVA) sigue la Sociedad mercantil ADMINISTRADORA INTEGRAL, C.A. contra el ciudadano VÍCTOR GONZÁLEZ DIMAS.
SEGUNDO: SE REVOCA el auto de fecha 09-10-2009 que oyó la apelación interpuesta por el abogado CARLOS JULIO TOVAR, plenamente identificado, dicta.....