PRIMERO: CON LUGAR, la inhibición propuesta en fecha 17 de abril de 2023 por la Abg. MINERVA DOMÍNGUEZ, Jueza Accidental del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, en el juicio que, por RESOLUCIÓN DE CONTRATO, sigue el ciudadano HAROLD MAURICIO MARIN SALAZAR, en contra de la sociedad mercantil MAS CARS 2015, C.A., (exp. T-1-INST-25.931 nomenclatura interna del mencionado Tribunal de Instancia)
SEGUNDO: Se dispone en consecuencia, que la mencionada Jueza Accidental no debe continuar conociendo el asunto en donde surgió la presente incidencia de inhibición.
TERCERO: De conformidad con el fallo vinculante Nº 1175 dictado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 23.11.2010 en el expediente Nº 08-1497 en la cual se resolvió "Que las decisiones que resuelvan las incidencias relativas a la recusación o inhibición deberán ser notificadas dentro de las .....