VII.-DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrado Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley declara:
PRIMERO: Con lugar el recurso de apelación interpuesto por la abogada Fenelope Cuadro de Salmen, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 106.868, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra el auto dictado en fecha 26-07-2010 por el Juzgado Segundo de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: Se revoca el auto apelado dictado en fecha 26-07-2010 por el Juzgado Segundo de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de
la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta y SE ORDENA al juez que le corresponda el conocimiento de la caus.....