Dispositivo
En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Competente para conocer en razón de la materia de la presente causa al Juzgado Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: Remítase el presente expediente, contentivo de copias certificadas, al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, a los fines que proceda de conformidad con lo previsto en el artículo 75 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese, diarícese y déjese copia,
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y.....