V.- DECISION.-
En fuerza de los razonamientos expuestos este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara
PRIMERO: DESISTIDA la acción de amparo constitucional propuesta por el abogado Félix Rodríguez T., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.357, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil Hotelera Sol, C.A., contra la sentencia interlocutoria dictada el día 02 de mayo de 2006 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta y extinguido el proceso por falta de interés del accionante.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por no proceder esta contra los órganos del Poder Judicial.
TERCERO: Se ordena el cierre y archivo del presente expediente.
Publíque.....