De la jurisprudencia anteriormente transcrita, se puede determinar que el recurso de revisión planteado puede ser interpuesto ante cualquier Tribunal de República cuando el solicitante no se encuentre residenciado o domiciliado en el Área Metropolitana de la ciudad de Caracas, y que el Tribunal que lo reciba deberá remitirlo a la Sala Constitucional del Máximo Tribunal; en tal sentido, del escrito consignado por el abogado LUIS GABRIEL ROMERO GAVIDIA, ya identificado antes, apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES 8422 C.A., se observa que el referido profesional del derecho señaló que su representada se encuentra domiciliada en el Municipio Maneiro del estado Bolivariano de Nueva Esparta, en consecuencia, al habérsele conferido por mandato constitucional la facultad para conocer y decidir dicho recurso a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, y en cumplimiento a lo establecido en la sentencia supra copiada, se ordena remitir el presente expediente a la.....