V.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: REVOCADA la sentencia dictada el día 06.11.2015 por el Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de esta Circunscripción Judicial,
SEGUNDO: SE ORDENA al Juzgado de la causa a que llame al proceso para que conforme el litisconsorcio pasivo necesario existente en este caso al ciudadano JESUS ALBERTO SALAZAR ALCALA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 11.225.079, con el fin de que alegue lo que estime pertinente y ejerza sus defensas en este proceso, dentro del lapso que expresamente se le concederá. Vale decir que una vez cumplida esta formalid.....