IV.- DECISIÓN
En fuerza de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la inhibición planteada por la Dra. JIAM SALMEN DE CONTRERAS, en su carácter de Jueza Temporal del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta.
SEGUNDO: SE APARTA del conocimiento de la presente causa a la Dra. JIAM SALMEN DE CONTRERAS y de conformidad con el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se establece que la Jueza Accidental que suscribe el presente fallo conozca y decida el recurso de apelación ejercido por las partes contra la decisión pronunciado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial e.....