DECISIÓN
En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la recusación intentada por los ciudadanos René Eligio Cazorla y Therbella Raymondi de Cazorla, venezolanos, mayores de edad, debidamente asistidos de abogado, contra la Dra. Jiam Salmen de Contreras, en su carácter de Jueza Titular del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: Se ordena que la Jueza Jiam Salmen de Contreras, continúe conociendo de la causa en la cual se produjo la presente incidencia de recusación; la cual seguirá su curso en el estado en que se encuentre.
TERCERO: Se le impone al recusante una multa de Bs. 4,00 por haber resultado criminosa la recusación, la.....