Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar la apelación ejercida por la abogada Mariana Díaz Blanco, en su condición de apoderada judicial de la parte actora, contra el auto de fecha 05-06-2009 dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: Se confirma la decisión apelada, dictada en fecha 05-06-2009, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, y en consecuencia se suspende el juicio de rendición de cuentas y se ordena fijar el quinto día de despacho siguiente al que conste en autos en el juzgado de la causa la notificación de las partes,.....