DECISIÓN
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE, el recurso de hecho interpuesto en fecha 20 de diciembre del año 2016 por la abogado MARIA NATIVIDAD QUIJADA en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos FAEZ HALLAZ KILZI e ISABEL EMMA VILCACHAGUA, en contra del auto dictado en fecha 26 de septiembre de 2016 por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, que negó oír el recurso de apelación ejercido por esa representación judicial en contra del auto dictado de fecha 30.05.2016.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida dictada en fecha 26.09.2016 por el re.....