V.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido por la parte demandada, ciudadano JOSE MANUEL MELIM RODRIGUEZ, debidamente asistido por el abogado en ejercicio LUIS GABRIEL ROMERO GAVIDIA, contra el auto dictado en fecha 21 de noviembre de 2014 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta.
SEGUNDO: SE REVOCA el auto apelado dictado por el referido Juzgado en fecha 21-11-2014.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, dada la índole revocatoria del presente fallo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DIARICESE, DÉJESE COPIA y BÁJESE el expediente al tribunal de origen e.....