DECISION
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Inadmisible la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano VICENTE CAMACHO FLEITAS, contra el auto emitido en fecha 20 de octubre de 2010 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta
Publíquese, regístrese, diarícese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en la ciudad de La Asunción, a los nueve (09) días del mes de mayo de dos mil once (2011). Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.-
El Juez Superior Temporal,
Abg. Juan Alberto González Morón
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