VII. Decisión
En merito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
Único: Se confirma en todas sus partes el fallo consultado dictado en fecha 19-12-2013 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, teniéndose como parte del mismo el auto complementario dictado en fecha 14-01-2014, por el tribunal de instancia.
Publíquese, Regístrese, Diarícese y Déjese copia. Remítase expediente original al juzgado de la causa en su oportunidad.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en la ciudad de La Asunción, a los ocho (8) días del mes de abril de dos mil catorce (2014). .....