En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido por la abogada MARÍA ELENA QUINTANA FERNÁNDEZ, apoderada judicial de la parte actora, en contra de la decisión dictada el 21 de febrero de 2022, el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: SE ANULA el auto apelado dictada por el referido juzgado en fecha 21-02-2022.
TERCERO: SE ORDENA al Juzgado de la causa, proceda a ordenar la ejecución voluntaria del fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, y vencido el lapso que se disponga para el cumplimiento voluntario, y en caso de.....