Determinado lo anterior, observa el Tribunal que para el día 16-04-2015, fecha en que fue presentada la demanda, se encontraba en vigencia la referida Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en consecuencia, para acceder a casación se exige una cuantía que exceda las 3.000 unidades tributarias, la cual para ese momento era de CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 150,00) por unidad tributaria; siendo estimada la demanda en la suma de UN MILLÓN DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS VEINTE SIN CÉNTIMOS (Bs. 1.287.320,00). Lo anterior revela que la cuantía señalada por la parte actora en la demanda presentada, equivale a la cantidad de OCHO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS CON TRECE CÉNTIMOS UNIDADES TRIBUTARIAS (8.582,13 U.T.), monto éste que –conforme a lo señalado – permite el acceso al conocimiento de la Sala de Casación Civil del Máximo Tribunal, y es por este motivo que este Juzgado ADMITE el recurso de casación anunciado en fechas 25-03-2018 (f. 52, 2ª pieza) por el abogado AD.....