En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Con lugar, el recurso de hecho interpuesto en fecha 07-08-2012 por la abogada ESTEFANÍA BEATRIZ RAGO RUÍZ, actuando en su condición de apoderada judicial de la ciudadana ODILIA MERCEDES AMARICUA y OTROS, contra el auto dictado en fecha 30-07-2012 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial que negó oír la apelación ejercida contra la sentencia de fecha 10-07-2012 dictada por el mencionado Juzgado.
Segundo: Se ordena oír en ambos efectos el recurso de apelación ejercido en fecha 18-07-2012 por el apoderado judicial de la parte demandante, hoy recurrente de hecho, contra la decisión dictada en fecha 10-07-2012 por el Juzgado Primero de Prime.....