DECISIÓN
Por las infieras primariamente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto en fecha veintiuno (21) de Noviembre del año dos mil doce (2012), por la Defensa del imputado JOSE ANGEL LAYA VELASQUEZ, Abogado JUAN PAULO MOLINA, Defensor Público del imputado en contra de la decisión dictada en fecha veinte (20) de Noviembre de 2012, por el Juzgado de Primera Instancia en Función de Control Nº 02 del Circuito de Violencia adscrito a este mismo Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó Medida Judicial Privativa Preventiva de Libertad de conformidad con los artículos 236,237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal vigente.
SEGUNDO: CONFIRMA LA DECISIÓN dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 02 del Circuito de Violencia adscri.....