Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, la Corte de Apelaciones Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONFIRMA LA SENTENCIA dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual ABSOLVIO a los ciudadanos EUGENIO RAFAEL FERNÁNDEZ y ESTAINER MUNGARIETA GONZÁLEZ de la acusación que fuera presentada en contra de los mismos, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal.
Se declara sin lugar el recurso interpuesto.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la sala de audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, a los quince (15) días del mes de diciembre de dos mil nueve (2009). 199° y 150°.