Por los razonamientos anteriormente expuestos, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por los Abogados HERNÁN LINARES Y GREGORY LUNAR, en su carácter de Defensores Privados del acusado RAFAEL ORLANDO PATIÑO RUIZ, en contra el auto dictado por Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en fecha 18 de diciembre de 2009, el cual acordó la permanencia de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad dictada conforme a lo dispuesto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, a quien se le imputa la presunta comisión del delito de SECUESTRO y AGAVILLAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 460 y 286 del Código Penal, con la agravante genérica establecida en el articulo 217 de la Ley Orgánica para .....